La 68 Legislatura del Congreso del Estado de Chihuahua aprobó una reforma al Código Administrativo estatal con el objetivo de garantizar la protección de los procesos sindicales frente a cualquier acto de injerencia por parte de personas servidoras públicas.
La modificación, presentada ante el Pleno por el diputado Óscar Avitia, integrante de las Comisiones Unidas de Educación, Cultura Física y Deporte y de Gobernación y Puntos Constitucionales, consiste en una adición al artículo 110 BIS, el cual establece disposiciones relacionadas con la elegibilidad, reelección y destitución de las dirigencias sindicales.

De acuerdo con lo expuesto, cualquier contravención a estas disposiciones será sancionada conforme a la normativa aplicable. La reforma detalla una serie de conductas consideradas como injerencia indebida en los procesos sindicales.
ESTAS SON LAS PROHIBICIONES ADOPTADAS
Entre ellas se encuentra coaccionar, inducir o amenazar a trabajadores o agremiados para participar o abstenerse de actividades de campaña, así como para votar por determinada planilla o dirigencia. También se prohíbe ejercer presión jerárquica sobre subordinados para que manifiesten públicamente su apoyo o rechazo hacia alguna candidatura.
Asimismo, se sancionará obligar o condicionar la asistencia a actos sindicales con fines proselitistas, así como vincular la prestación de servicios institucionales, apoyos, licencias o permisos laborales al sentido del voto o respaldo a alguna opción sindical.
La reforma también contempla como falta ofrecer beneficios laborales, ascensos o incentivos a cambio de apoyo, así como negar o limitar derechos, programas internos, capacitaciones o bonos como represalia por no respaldar a determinada planilla.
De igual forma, se prohíbe el uso de programas institucionales o apoyos sociales para influir en el voto sindical, así como la utilización de recursos públicos —incluyendo fondos, bienes, servicios, personal, instalaciones o infraestructura— para favorecer o perjudicar a alguna candidatura o grupo sindical.
Entre otras conductas, también se sanciona la difusión de propaganda institucional con fines de promoción o desprestigio, la aportación o solicitud de recursos a subordinados para financiar campañas sindicales, y la negativa injustificada a proporcionar información relacionada con procesos electorales internos.
Con esta reforma, el Congreso local busca reforzar la legalidad y autonomía de los procesos sindicales en el estado, evitando la intervención indebida de autoridades en la vida interna de las organizaciones laborales.
