La 68 Legislatura del Congreso de Chihuahua aprobó el dictamen que contienen las Tablas de Valores Unitarios de Suelo y Construcción de los Municipios de Camargo, Chihuahua y Juárez, las cuales servirán de base para la determinación del valor catastral y el cálculo de las contribuciones en materia de propiedad inmobiliaria, para el Ejercicio Fiscal comprendido del 1° de enero al 31 de diciembre de 2025.
La diputada Carla Rivas Martínez, integrante de la Comisión de Programación, Presupuesto y Hacienda Pública, refirió que, de conformidad con la Ley de Catastro del Estado, a partir del 1° de enero del año 2025, deberá actualizarse el valor de cada una de las cuentas del padrón catastral con base en las Tablas autorizadas.
Dentro de los artículos transitorios se estableció que, los municipios referidos, deberán actualizar durante el año 2025 el padrón catastral y las Tablas de Valores Unitarios de Suelo y Construcción. La actualización a los valores unitarios, en términos porcentuales, deberá ser proporcional y acorde a las características constructivas, geográficas, socioeconómicas y de valoración de la propiedad inmobiliaria existentes en cada Municipio.
INSTRUYEN A DESARROLLO URBANO INFOMRAR SOBRE CUMPLIMIENTO MUNICIPAL
Además, se estableció que la Secretaría de Desarrollo Urbano y Ecología, a través de la Dirección de Catastro del Estado, informará de manera pormenorizada al Legislativo estatal sobre el cumplimiento de los municipios del Estado, respecto al informe de resultados obtenidos del diagnóstico, realizado durante el año 2024, con la participación de peritos valuadores autorizados, sobre el estado que guardan los valores unitarios de suelo y construcción, en relación con el valor de mercado.
Los peritos valuadores o especialistas en valuación debidamente acreditados y autorizados, deberán informar fehacientemente a la Autoridad Catastral Municipal, de los avalúos practicados durante el ejercicio fiscal 2024 y en lo subsecuente, con relación a la determinación de la base del Impuesto sobre Traslación de Dominio de Bienes Inmuebles, a que se refiere la fracción I, del artículo 158, del Código Municipal para el Estado de Chihuahua.
Cabe destacar que tras aprobarse la reserva de la diputada Brenda Ríos, en relación al artículo 6 de las Tablas de Valores Unitarios de Suelo y Construcción del municipio de Chihuahua, se agregó: el Plan de Desarrollo Urbano del Centro de Población Chihuahua Visión 2040 se toma en consideración únicamente para cotejar que los desarrollos proyectados en dicho Plan, se encuentren aprobados por el H. Ayuntamiento de Chihuahua y, en consecuencia, sean integrados a las Tablas de Valores Unitarios de Suelo y Construcción.