La 67 Legislatura del Congreso de Chihuahua, reformó la Ley de Protección a la Salud de los No Fumadores para el Estado, a fin de que la Secretaría de Salud, promueva las acciones necesarias para fomentar la prevención de la contaminación provocada por los residuos de tabaco.
Dentro de los artículos 4 y 6 de la Ley de Protección a la Salud de los no Fumadores para el Estado, se señala la obligación del Ejecutivo Estatal y de los Ayuntamientos de fomentar y concientizar sobre la contaminación provocada por los residuos del tabaco y su debido desechamiento en recipientes destinados a este fin; refirió el diputado Omar Bazán Flores, integrante de la Comisión de Salud, e iniciador de la reforma en materia.
En la exposición, agregó que México depositó en la Organización de las Naciones Unidas, el Convenio Marco para el Control del Tabaco el 28 de mayo de 2004, no obstante, para efectos nacionales cobró vigencia al publicarse la aprobación del referido instrumento por parte del Senado de la República en el Diario Oficial de la Federación, el 12 de mayo de 2004. Dicha publicación generó su inserción en el orden jurídico nacional y la vinculación a compromisos y objetivos internacionales considerados bienes públicos globales
“Las colillas de tabaco, son el residuo más desechado de todo el mundo sumando anualmente cerca de 766,6 millones de kilogramos de basura tóxica, por lo que involucrar a la sociedad civil en las acciones de prevención, control y erradicación de la contaminación provocada por estos residuos, se traduce en una armonización de las normas internacionales señaladas con nuestro instrumento jurídico local, para su efectiva instrumentación”, culminó el Legislador.