El Congreso del Estado ha llevado a cabo una reforma significativa en su Ley Orgánica y Reglamento Interior y de Prácticas Parlamentarias, con el objetivo de clarificar las alusiones personales durante las participaciones de los diputados durante las sesiones legislativas.
Según la reforma, las menciones de personas morales, grupos, partidos o gobiernos no se considerarán como una alusión personal. Esta medida busca establecer un marco más claro y definido para las intervenciones durante las sesiones parlamentarias, evitando confusiones y malentendidos.
En cuanto a las modificaciones específicas, en la Ley Orgánica se reforma el artículo 192 TER, el cual establece que cuando un legislador realice alusiones personales explícitas a otros diputados presentes, y si la persona aludida lo solicita, se le concederá la palabra hasta por cinco minutos desde su curul, pero no podrá haber alusiones sobre alusiones.
LIMITAN TIEMPOS DE RÉPLICA, EVITAN MALENTENDIDOS
Por otro lado, en el Reglamento Interior y de Prácticas Parlamentarias, se han realizado reformas en los artículos 119 y 120. El artículo 119 ahora permite a los diputados solicitar la palabra para rectificar hechos o contestar alusiones personales explícitas, incluso si no están inscritos en la lista de personas oradoras. Sin embargo, su intervención no puede exceder los cinco minutos.
Asimismo, el artículo 120 establece que las menciones de personas morales, grupos, partidos o gobiernos no serán consideradas como alusiones personales, con el fin de evitar malentendidos y conflictos durante las sesiones parlamentarias.
Este dictamen fue presentado al pleno legislativo para su aprobación por diputados que integran la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales. Esta reforma busca promover un ambiente más ordenado y respetuoso durante las sesiones del Congreso, permitiendo un intercambio de ideas más claro y constructivo entre los legisladores.