El Congreso del Estado ha llevado a cabo una reforma significativa en su Ley Orgánica y Reglamento Interior y de Prácticas Parlamentarias, con el objetivo de clarificar las alusiones personales durante las participaciones de los diputados durante las sesiones legislativas.

Según la reforma, las menciones de personas morales, grupos, partidos o gobiernos no se considerarán como una alusión personal. Esta medida busca establecer un marco más claro y definido para las intervenciones durante las sesiones parlamentarias, evitando confusiones y malentendidos.

En cuanto a las modificaciones específicas, en la Ley Orgánica se reforma el artículo 192 TER, el cual establece que cuando un legislador realice alusiones personales explícitas a otros diputados presentes, y si la persona aludida lo solicita, se le concederá la palabra hasta por cinco minutos desde su curul, pero no podrá haber alusiones sobre alusiones.

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LIMITAN TIEMPOS DE RÉPLICA, EVITAN MALENTENDIDOS

Por otro lado, en el Reglamento Interior y de Prácticas Parlamentarias, se han realizado reformas en los artículos 119 y 120. El artículo 119 ahora permite a los diputados solicitar la palabra para rectificar hechos o contestar alusiones personales explícitas, incluso si no están inscritos en la lista de personas oradoras. Sin embargo, su intervención no puede exceder los cinco minutos.

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Asimismo, el artículo 120 establece que las menciones de personas morales, grupos, partidos o gobiernos no serán consideradas como alusiones personales, con el fin de evitar malentendidos y conflictos durante las sesiones parlamentarias.

Este dictamen fue presentado al pleno legislativo para su aprobación por diputados que integran la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales. Esta reforma busca promover un ambiente más ordenado y respetuoso durante las sesiones del Congreso, permitiendo un intercambio de ideas más claro y constructivo entre los legisladores.

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