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Tromba de Obsidiana

Luis Andrés Rivera Levario. Vocero de Salvemos los Cerros de Chihuahua.

La defensa de la Sierra del Mogote, en Chihuahua, es un caso ejemplar de cómo la resistencia ciudadana puede transformar la tragedia ambiental en un triunfo político y legal.

Desde hace cinco años, diversas organizaciones, vecinos y colectivos hemos trabajado en su protección, enfrentando la inercia de los gobiernos locales y los intereses de desarrolladoras inmobiliarias. Hoy, gracias a una denuncia presentada ante la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA), se giró la instrucción para que la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT) no autorice cambios de uso de suelo en la zona. La medida se sustenta en la evidencia de que un incendio forestal, ocurrido en 2024, fue provocado en terrenos áridos de la Sierra del Mogote.

Un camino de resistencia (2020–2025)

2020: comienzan las primeras caminatas comunitarias, reforestaciones y actividades de educación ambiental en la Sierra del Mogote, bajo la iniciativa del colectivo Salvemos los Cerros de Chihuahua.

2021: el 29 de octubre se realizó una audiencia pública con el Gobierno Municipal de Chihuahua, donde se propuso formalmente la declaratoria de la Sierra como Área Natural Protegida. Esta fue la primera vez que el tema entró en la agenda política municipal.

2022–2023: continúan protestas, mesas técnicas y denuncias públicas sobre los riesgos de urbanización desmedida en las faldas del Mogote.

2024: entre el 31 de mayo y el 2 de junio, un incendio arrasó con 936 hectáreas de vegetación en la Sierra del Mogote y el Cerro del Caballo. Se denunció que el fuego fue provocado por intereses inmobiliarios (La Jornada, 11/06/2024).

2025: tras la denuncia ante PROFEPA, se reconoce oficialmente la intencionalidad del incendio, lo cual activa la aplicación del Artículo 117 de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable: los terrenos incendiados no podrán recibir autorización de cambio de uso de suelo durante al menos 20 años.

El marco legal: incendios y prohibiciones

El Artículo 117 de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable (LGDFS) es claro:

“Los terrenos forestales incendiados no podrán ser autorizados para cambio de uso de suelo por un periodo de veinte años.”

Esta disposición responde a una lógica de protección ambiental y de prevención contra la especulación inmobiliaria: evita que se incendien bosques y zonas áridas con el fin de habilitar terrenos para desarrollos urbanos, turísticos o agroindustriales.

Reflexión final

El logro de frenar el cambio de uso de suelo en la Sierra del Mogote no es un regalo de las autoridades: es fruto de la resistencia comunitaria, de las caminatas bajo el sol, de los árboles plantados en jornadas de reforestación, de las pancartas en las protestas y de las denuncias legales presentadas en medio de la adversidad.

Queda pendiente la declaratoria oficial como Área Natural Protegida y la restauración ecológica de la zona incendiada. Pero lo conseguido hoy representa un hito: la Sierra del Mogote no será urbanizada, al menos durante dos décadas. Y en ese tiempo, las comunidades que la defienden seguirán construyendo una conciencia ambiental que trascienda generaciones.

La montaña sigue en pie. Y con ella, la dignidad de quienes nunca la abandonaron.

Bibliografía consultada

Diario Oficial de la Federación. Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable, Art. 117.

La Jornada. “Incendio en Sierra del Mogote en Chihuahua consume 936 hectáreas”. 11 de junio de 2024.

El Heraldo de Chihuahua. “Señalan que incendios en el Mogote fueron provocados”. OEM, mayo de 2025.

El Diario de Chihuahua. “Abren diálogo municipio y ciudadanos respecto a los cerros del Mogote y Cañón del Marro”. 29 de octubre de 2021.

El Heraldo de Chihuahua. “Invita Salvemos los Cerros de Chihuahua a audiencia pública con gobierno municipal”. 28 de octubre de 2021.

Tiempo.com.mx. “Piden ciudadanos proteger Sierra del Mogote”. Septiembre de 2020.